Divorcio de mutuo acuerdo

¿Te estás separando y no sabes por dónde empezar? Esta guía práctica del divorcio en nuestro país te explica, con lenguaje claro, las tres vías posibles: Mutuo Acuerdo, Unilateral y Culposo.

También te muestra cómo lograr el “por despacho” en Mutuo Acuerdo con un Acuerdo completo y suficiente, qué hacer si hay hijos (cuidado, RDR y alimentos), los documentos clave, los pasos, los tiempos reales y los errores que conviene evitar.

Lo esencial en 30 segundos

En Chile (Ley 19.947), para el Mutuo Acuerdo se pide: haber estado al menos 1 año separados, dejar constancia de la fecha en que terminó la convivencia y demostrar que no volvieron a vivir juntos.

Para que el juez pueda fallar sin audiencia (“por despacho”), arma una carpeta sólida: Acuerdo completo y suficiente, dos declaraciones juradas de testigos y documentos que muestren domicilios distintos.

Si hay hijos menores, ese Acuerdo completo y suficiente debe regular cuidado personal, relación directa y regular (RDR) y alimentos.

¿Cuándo quedas “legalmente” divorciado?

Entre ustedes, desde que la sentencia queda firme; frente a terceros, desde la subinscripción en el Registro Civil.

Índice

  1. Qué es el divorcio de mutuo acuerdo (MA)
  2. Requisitos y documentos
  3. Acuerdo Completo y Suficiente (ACS)Paso a paso y opción “por despacho”
  4. Hijos: CP, RDR y alimentos
  5. Tiempos, costos y expectativas
  6. Errores frecuentes
  7. Preguntas frecuentes (FAQ)
  8. Checklist descargable y próximos pasos

Índice

  1. Qué es el divorcio de mutuo acuerdo (MA)
  2. Requisitos y documentos
  3. Acuerdo Completo y Suficiente (ACS)Paso a paso y opción “por despacho”
  4. Hijos: CP, RDR y alimentos
  5. Tiempos, costos y expectativas
  6. Errores frecuentes
  7. Preguntas frecuentes (FAQ)
  8. Checklist descargable y próximos pasos

Elegir mal el tipo de divorcio cuesta tiempo y plata.

Conversemos para definir cuál es la alternativa que se ajusta a tu caso

Qué es el divorcio de mutuo acuerdo (MA)

El divorcio de mutuo acuerdo es cuando ambos deciden terminar el matrimonio y presentan, junto con la demanda, un Acuerdo completo y suficiente. Ese acuerdo ordena todo entre ustedes y, si hay hijos menores, también cuidado personal, relación directa y regular (RDR) y alimentos.

¿Qué pide el juez? Que se acredite que la convivencia terminó en una fecha clara (con un documento o notificación) y que no volvieron a vivir juntos después de eso. Con esa base, más testigos y documentos sencillos (domicilios distintos), se puede pedir que el tribunal resuelva sin audiencia (“por despacho”).

¿Cuándo conviene?
Cuando existe voluntad de acordar reglas claras y es posible reunir la prueba para solicitar el por despacho (ahorra tiempo y reduce trámites).

Muy pronto publicaremos nuestra guía para el Divorcio de Mutuo Acuerdo

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Requisitos y documentos

Requisitos legales mínimos

  • Al menos 1 año separados.
  • Fecha clara del quiebre (acta o escritura; también sirve una notificación fehaciente).
  • No volvieron a vivir juntos con ánimo permanente.
  • Acuerdo completo y suficiente, que regule todo entre ustedes y, si hay hijos, también cuidado personal, RDR y alimentos.

Prueba recomendada (para pedir “por despacho”)

  • Dos declaraciones juradas notariales de testigos con conocimiento directo: cuándo terminó la convivencia y que no se reanudó.
  • Documentos simples que muestren domicilios distintos (contratos de arriendo, boletas de servicios, certificados municipales/condominio, correspondencia bancaria).

Documentos (Qué y por qué)

Acta o escritura de cese / notificación fehaciente

¿Para qué sirve?
Fijar la fecha cierta en que terminó la convivencia.

Usa instrumentos claros y legibles. Si es notificación, guarda el respaldo de recepción.

Contratos, boletas o certificados con domicilios distintos

¿Para qué sirve?
Acreditar que no hubo reanudación de la vida en común.

Aporta documentos de ambos cónyuges y en meses distintos (servicios básicos, arriendo, certificados de residencia/condominio).

Dos declaraciones juradas (DJ) de testigos

¿Para qué sirve?
Confirmar cese y continuidad separados.

Testigos con conocimiento directo (no “de oídas”) y firmas en notaría. Que cada uno tenga relato propio con fechas.

Acuerdo completo y suficiente

¿Para qué sirve?
Permite pedir que se resuelva “por despacho” (sin audiencia).

Debe ser integral: regular lo de los cónyuges y, si hay menores, cuidado personal, RDR y alimentos.

Certificados de matrimonio y de nacimiento de hijos (si corresponde)

¿Para qué sirve?
Identificación y respaldo de vínculos familiares.

Solicita versiones actualizadas (fechas recientes) para evitar observaciones.

Consejo práctico

Presenta todo en un documento único con índice (Matrimonio → Fecha del quiebre → Domicilios → Testigos → Hijos). Una carpeta clara y coherente aumenta las opciones de que el juez resuelva sin audiencia.

Acuerdo completo y suficiente

¿Qué debe incluir?

Bloque A — Entre ustedes (cónyuges)

Régimen y bienes: dejar constancia del régimen patrimonial vigente. Si hay cosas que repartir, no lo amarres al divorcio: la liquidación se hace después como trámite separado.

Alimentos entre cónyuges (si aplica): indicar si se extinguen o si habrá un ajuste desde que la sentencia queda firme (ejecutoria).

Compensación económica (si corresponde): señalar si existe o no; en caso afirmativo, monto, forma de pago (cuota única / cuotas / bienes / derecho de uso o goce) y garantías para asegurar el cumplimiento.

Bloque B — Hijos menores (si existen)

Cuidado personal: definir si será individual o compartido, con reglas claras para decisiones relevantes (salud, educación, cambio de domicilio).

Relación directa y regular (RDR): un calendario legible (semanas, fines de semana, feriados y vacaciones), logística de entregas y un protocolo de cambios (p. ej., aviso 48 h y canal único de comunicación).

Alimentos: monto, fecha y forma de pago (transferencia/retención), reajuste (UF/IPC), cobertura de salud y educación, y gastos extraordinarios (cómo se autorizan y reembolsan).

Consejo práctico

adjunta como anexos una tabla de RDR y una planilla de alimentos. Facilitan la revisión y evitan malentendidos.

¿Cuándo es “suficiente”?

Interés superior de los hijos: el acuerdo protege su estabilidad y bienestar, y es vivible en la práctica.

Menos castigo económico para quien quedó en desventaja: si uno dejó de trabajar o trabajó menos por familia/hogar, el acuerdo aminora ese menoscabo (p. ej., con compensación razonable).

Equidad futura entre ustedes: reglas claras, ejecutables y con garantías cuando corresponde, de modo que ambos puedan seguir con su vida sin conflictos previsibles.

Paso a paso y opción “por despacho”

Paso a paso

1) Diagnóstico

  • Confirmar que la vía sea Mutuo Acuerdo.
  • Verificar la fecha en que terminó la convivencia y que esté acreditada.
  • Identificar dos testigos con conocimiento directo y la documentación disponible.

2) Armar la carpeta

  • Redactar la demanda conjunta con hechos fechados (cese, domicilios, no reanudación).
  • Cerrar el Acuerdo completo y suficiente.
  • Preparar dos declaraciones juradas en notaría.
  • Compilar la documental (domicilios distintos de ambos) en un PDF único con índice.

3) Ingreso en la OJV

Presentar: demanda + Acuerdo completo y suficiente + 2 declaraciones juradas + documental (PDF único).

4) Resolución

  • Si la carpeta es suficiente, solicitar “por despacho” (sentencia sin audiencia).
  • Si el tribunal cita a audiencia, ir con testigos y un guion breve y cronológico.

5) Post-sentencia

  • Ejecutoria → oficio → subinscripción en Registro Civil.
  • Entregar al cliente copia ejecutoriada y certificado de matrimonio actualizado.

¿Cuándo es viable “por despacho”?

  • Acuerdo completo y suficiente (integral y claro).
  • Dos declaraciones juradas idóneas + documentos coherentes que muestren domicilios distintos.
  • Hechos claros y sin contradicciones entre demanda, testigos y documental.

Consejo: si hay audiencia, reutiliza las declaraciones juradas como base del examen directo (misma cronología, hechos con fecha y datos concretos).

Es importante definir una RDR “real”

  • Pernoctes razonables para la edad de los hijos.
  • Fines de semana alternos claros (ej.: retiro viernes 19:00, devolución domingo 19:00).
  • Vacaciones definidas por semanas y con alternancia anual.
  • Protocolo de cambios: aviso 48 horas, justificación y propuesta de nueva fecha.
  • Un solo canal para coordinar (evita malentendidos).

Compensación económica

¿Cuándo corresponde?

Cuando uno de los cónyuges no pudo trabajar o trabajó menos porque se dedicó al cuidado de los hijos o a las tareas del hogar, y eso le dejó en desventaja económica frente al otro al momento del divorcio.

¿Qué mira el juez para fijarla?

Historia común: cuánto duró el matrimonio y la vida en común.

Situación personal: edad y salud del posible beneficiario.

Ingresos y empleabilidad actual: cuánto gana hoy y qué tan fácil le sería reinsertarse laboralmente.

Aportes invisibles: si apoyó el negocio o carrera del otro (administración, ventas, cuidado del hogar para que el otro trabajara).

Red de seguridad: previsión y salud (si tiene o no coberturas/ahorros).

No es un “premio” ni un “castigo”: busca equilibrar el perjuicio económico que dejó la distribución de roles en la pareja.

¿Cómo se puede pagar?

Dinero: en una sola cuota o en cuotas reajustables, con garantías (hipoteca, prenda, aval).

Bienes: por ejemplo, traspaso de un vehículo o porcentaje de un inmueble.

Derechos de goce: usufructo, uso o habitación sobre un bien por un tiempo determinado (útil cuando no hay liquidez).

En un Mutuo Acuerdo, lo ideal es dejarlo claro en el Acuerdo completo y suficiente: monto, forma de pago, plazos y garantías.

¿Y si el divorcio es culposo?

Si el divorcio se decreta por causal grave a cargo del mismo cónyuge que pide la compensación, el juez puede reducirla o negarla. Dependerá del caso y de la prueba.

Consejos prácticos

Reúne evidencia de tu trayectoria: contratos, lagunas previsionales, certificados de estudios no concluídos por cuidado de hijos, y cualquier colaboración al negocio del otro.

Si se pactan cuotas, define reajuste y garantías para asegurar el pago.

Coordina esta compensación con la liquidación de bienes (si aplica) para que ambos acuerdos sean coherentes y ejecutables.

Tiempos, costos y expectativas

Tiempos orientativos

Mutuo Acuerdo “por despacho” (sin audiencia): cuando la carpeta está completa y coherente (Acuerdo completo y suficiente + dos declaraciones juradas + documentos de domicilios), varios tribunales dictan sentencia en torno a 15–20 días desde el ingreso.

Con audiencia: si el tribunal convoca a declarar testigos, el proceso suele ir a 2–3 meses (puede variar según carga del juzgado).

Nota: después de la sentencia viene el oficio al Registro Civil y la subinscripción. Entre ustedes, los efectos corren desde la ejecutoria; frente a terceros y en tu certificado, desde la subinscripción.

Costos típicos (referenciales)

  • Notaría (firmas de declaraciones juradas).
  • Certificados (matrimonio, nacimiento de hijos si aplica).
  • Copias y oficios (según tribunal y necesidades del caso).
  • Honorarios profesionales por etapas: diagnóstico → demanda → cierre (y, si corresponde, liquidación en una fase posterior).

Expectativas realistas

  • Los plazos dependen del tribunal y de la suficiencia de tu carpeta.
  • Una carpeta bien preparada (hechos fechados, testigos idóneos y documentos consistentes) reduce observaciones y acelera la resolución.
  • Si hay hijos menores, asegurar que queden resueltos cuidado personal, RDR y alimentos antes del divorcio evita retrasos.

Errores frecuentes (y cómo evitarlos)

No tener fijada la fecha en que terminó la convivencia

¿Por qué retrasa? sin esa fecha, el tribunal no sabe desde cuándo contar plazos ni si hubo continuidad.

¿Cómo evitarlo? consigue un acta/escritura o una notificación fehaciente antes de demandar.

Apoyarse solo en la confesión para esa fecha

¿Por qué no basta? la confesión, por sí sola, es débil para fijar una fecha cierta.

¿Cómo evitarlo? súmala a dos declaraciones juradas de testigos y documentos (contratos, cuentas, certificados).

Acuerdo completo y suficiente “cojo” en Mutuo Acuerdo

¿Qué es lo típico que falta? regular solo entre cónyuges y olvidar a los hijos menores.

¿Cómo evitarlo? el Acuerdo debe cubrir todo: entre ustedes (régimen/bienes, compensación si procede) y, si hay menores, cuidado personal, relación directa y regular (RDR) y alimentos.

Reanudaciones sin explicar

¿Existen riesgos? visitas o apoyos puntuales pueden parecer vida en común.

¿Cómo evitarlo? deja constancia de que fueron episodios transitorios, sin ánimo permanente de retomar la convivencia (fechas, motivos, duración).

Unilateral sin respaldar el pago de alimentos

¿Hay consecuencias? te pueden oponer la “dureza” (rechazo por incumplir pudiendo pagar).

¿Cómo evitarlo? adjunta cartolas/retenciones y explica con documentos cualquier brecha (cesantía, licencias, acuerdos cumplidos).

Amarrar la liquidación de bienes al divorcio

¿Por qué complica? frena la sentencia y abre incidentes innecesarios.

¿Cómo evitarlo? consigue el divorcio primero y planifica la liquidación después (con inventario, valoraciones y garantías).

Preguntas frecuentes

¿Puedo divorciarme si no hay acuerdo?

Sí. Puedes ir por divorcio unilateral si ya pasaron 3 años o más desde que terminó la convivencia, esa fecha está acreditada y no hubo reanudación.

¿Qué significa “por despacho”?

Que el tribunal dicta sentencia sin audiencia porque la carpeta está completa y coherente. Suele pasar en Mutuo Acuerdo cuando presentas un Acuerdo completo y suficiente, dos declaraciones juradas y documentos que muestran domicilios distintos.

¿Por qué me piden testigos si tengo el acta del cese?

El acta fija la fecha del quiebre, pero además hay que demostrar que no volvieron a vivir juntos con ánimo permanente. Ahí ayudan los testigos y la documentación.

¿El divorcio reparte de inmediato los bienes?

No. El divorcio pone fin a la sociedad conyugal, pero la liquidación se hace después. Lo no liquidado queda en comunidad hasta su partición.

¿La infidelidad aumenta la compensación económica?

No. La compensación no es un castigo; busca equilibrar un menoscabo económico. En divorcio culposo, si quien la pide es el culpable, el juez puede reducirla o negarla.

¿Cuándo quedo legalmente divorciado frente a terceros?

Desde la subinscripción de la sentencia ejecutoriada en el Registro Civil (entre ustedes, los efectos rigen desde la ejecutoria).

Checklist descargable y próximos pasos

Checklist “por despacho” para un divorcio de Mutuo Acuerdo

  • Acuerdo completo y suficiente (entre ustedes y, si hay hijos, también su cuidado, RDR y alimentos).
  • Dos declaraciones juradas notariales de testigos idóneos (con conocimiento directo).
  • Documentos de domicilios distintos de ambos cónyuges (en meses distintos: cuentas, contratos, certificados).
  • Hechos con fecha en la demanda: fin de la convivencia, continuidad separados y que no hubo reanudación.
  • Si hay hijos menores: cuidado personal, RDR y alimentos resueltos.

Consejo final: Mantener acuerdos coherentes y en orden (Fecha del quiebre → Domicilios → Testigos → Hijos → Otros). Acelera la resolución y reduce observaciones.

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