Pensión de alimentos estimada
$0 Equivalente: 0,00 UTM UTM: $0Si hay razones fundadas el monto podría ser mayor.
El máximo legal es $0

La pensión de alimentos no se determina solamente aplicando un porcentaje al sueldo de quien debe pagar. Para definir el monto, deben considerarse las necesidades reales del hijo o hija, la capacidad económica de ambos padres y la forma en que cada uno contribuye a su crianza.
La pensión debe permitir que el niño, niña o adolescente pueda desarrollarse adecuadamente. Por eso, no considera únicamente alimentación: también debe incluir vivienda, vestuario, salud, educación, transporte y otros gastos propios de su edad y situación particular.
Un hijo pequeño, un adolescente o un niño que necesita tratamientos médicos o apoyo educativo pueden tener gastos muy diferentes. Lo importante es reflejar lo que realmente necesita cada mes.
Los gastos de crianza y educación corresponden a ambos padres. La ley establece que deben contribuir en proporción a sus respectivas capacidades económicas. Esto significa que no necesariamente deben aportar la misma cantidad: quien tiene mayores ingresos podría asumir una proporción mayor.
También pueden considerarse la estabilidad de esos ingresos, las cargas familiares y otras circunstancias domésticas relevantes.
La persona que vive con los hijos no aporta únicamente dinero. También dedica tiempo a cocinar, acompañar, trasladar, organizar controles médicos, asistir a reuniones escolares y resolver las necesidades diarias.
La legislación exige considerar la distribución y valoración económica de ese trabajo de cuidado al momento de analizar las necesidades del alimentario.
La ley contempla un monto mínimo para las pensiones decretadas a favor de menores de edad, relacionado con el ingreso mínimo remuneracional. Sin embargo, la cifra final debe relacionarse con los antecedentes concretos del caso, y el tribunal puede modificarla cuando cambian las circunstancias económicas o las necesidades de los hijos.
Antes de no solicitar, aumentar o revisar una pensión, conviene ordenar los ingresos y todos los gastos mensuales de los hijos. Nuestra calculadora te entrega una referencia para comprender cómo podría distribuirse el aporte entre ambos padres.
Calcula una pensión más justa y da el primer paso con información clara.
El resultado es referencial y no reemplaza la evaluación de los antecedentes ni la decisión del tribunal.

Completa tus datos para que conozcas cuanto le corresponde de pensión de alimentos a tus hijos
ESTIMACIÓN REFERENCIAL · LEY N° 14.908
Si hay razones fundadas el monto podría ser mayor.
El máximo legal es $0
Suma de los ingresos mensuales informados.
$0 hogar + $0 exclusivos
Esta calculadora entrega una referencia aproximada y no determina el monto que debe pagarse en un caso concreto. La pensión puede variar según las necesidades de los hijos, la capacidad económica y patrimonial de las partes, el trabajo de cuidados, la existencia de otros alimentarios y los demás antecedentes considerados por el tribunal.

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ESTIMACIÓN REFERENCIAL · LEY N° 14.908
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Esta calculadora entrega una referencia aproximada y no determina el monto que debe pagarse en un caso concreto. La pensión puede variar según las necesidades de los hijos, la capacidad económica y patrimonial de las partes, el trabajo de cuidados, la existencia de otros alimentarios y los demás antecedentes considerados por el tribunal.
La pensión de alimentos no se determina solamente aplicando un porcentaje al sueldo de quien debe pagar. Para definir el monto, deben considerarse las necesidades reales del hijo o hija, la capacidad económica de ambos padres y la forma en que cada uno contribuye a su crianza.
La pensión debe permitir que el niño, niña o adolescente pueda desarrollarse adecuadamente. Por eso, no considera únicamente alimentación: también debe incluir vivienda, vestuario, salud, educación, transporte y otros gastos propios de su edad y situación particular.
Un hijo pequeño, un adolescente o un niño que necesita tratamientos médicos o apoyo educativo pueden tener gastos muy diferentes. Lo importante es reflejar lo que realmente necesita cada mes.
Los gastos de crianza y educación corresponden a ambos padres. La ley establece que deben contribuir en proporción a sus respectivas capacidades económicas. Esto significa que no necesariamente deben aportar la misma cantidad: quien tiene mayores ingresos podría asumir una proporción mayor.
También pueden considerarse la estabilidad de esos ingresos, las cargas familiares y otras circunstancias domésticas relevantes.
La persona que vive con los hijos no aporta únicamente dinero. También dedica tiempo a cocinar, acompañar, trasladar, organizar controles médicos, asistir a reuniones escolares y resolver las necesidades diarias.
La legislación exige considerar la distribución y valoración económica de ese trabajo de cuidado al momento de analizar las necesidades del alimentario.
La ley contempla un monto mínimo para las pensiones decretadas a favor de menores de edad, relacionado con el ingreso mínimo remuneracional. Sin embargo, la cifra final debe relacionarse con los antecedentes concretos del caso, y el tribunal puede modificarla cuando cambian las circunstancias económicas o las necesidades de los hijos.
Antes de no solicitar, aumentar o revisar una pensión, conviene ordenar los ingresos y todos los gastos mensuales de los hijos. Nuestra calculadora te entrega una referencia para comprender cómo podría distribuirse el aporte entre ambos padres.
Calcula una pensión más justa y da el primer paso con información clara.
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